Cuentas inactivas 2023-2
Comunicado: Cuentas inactivas en Mibanco
La entidad financiera Mibanco comunica que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 182 de la Ley 26702, “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y los artículos 13 y siguientes de la Resolución S.B.S. Nº 0657-99, cumple con publicar la lista de cuentas que han permanecido inactivas y no han sido reclamadas durante los últimos diez (10) años.
En tal sentido, los titulares o beneficiarios deberán apersonarse a alguna de nuestras agencias a nivel nacional para realizar el retiro o cancelación, según corresponda, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación; caso contrario, los saldos de las cuentas de los clientes abajo indicados serán transferidos al Fondo De Seguro De Depósitos (FSD).
Conoce la lista de cuentas inactivas aquí