Protección Negocio - Mibanco Perú

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Protección Negocio


Es un seguro que protege exclusivamente los bienes que se encuentran dentro del local del asegurado. Ante un siniestro (de acuerdo a la Suma asegurada) se prioriza el pago de la deuda que mantiene en su crédito, y en caso exista un saldo restante, se destinará a favor del cliente.



Adquisición
El seguro se solicita en el momento de la evaluación crediticia o en el desembolso del préstamo.

Cobertura frente a:

Robo y/o asalto

IncendioRayoIncendio en aparatos eléctricosExplosiónDaños por aguaHumoLluvias e inundaciónHuaycoHuelga, conmoción civil, asonada, daño malicioso, vandalismo, sabotaje y terrorismo.TerremotoMaremoto

Exclusiones:

    Dolo o culpa inexcusable (negligencia  grave) del ASEGURADO y/o sus dependientes.Guerra civil o internacional, declarada o no, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones de guerra, rebelión o sedición.Riesgos atómicos y nucleares entendiéndose como tales los riesgos derivados de la modificación a la estructura atómica de la materia, con sus efectos térmicos, radioactivos u otros, o de aceleración artificial de partículas atómicas y accidentes ocasionados directa o indirectamente por la energía nuclear, radioactividad y/o radiaciones iónicas. Vicio propio, fermentación o combustión espontánea y sometimiento a procesos de calefacción o desecación. Incendio de plantaciones, bosques, selvas, monte bajo, praderas, pampas y malezas o fuego empleado para el despeje del terreno. Deslizamiento, derrumbe o desprendimiento de tierra, piedras, rocas y demás materiales caídos en o sobre los bienes asegurados; vibraciones o movimientos naturales del subsuelo (tales como pero no limitados a hundimientos, desplazamientos o asentamientos); derrumbamiento parcial o total de edificios. Todo lo anterior salvo que los relacionados peligros se originen como consecuencia de un riesgo cubierto por esta póliza.Lucro cesante ni los gastos adicionales en que incurra el ASEGURADO para aminorarlo o evitarlo



Requisitos

  • Ser cliente de Mibanco.Tener un negocio propio, cuya actividad no se encuentre fuera de la cobertura de la póliza.

Condiciones y características

    Ser persona natural, obtener un crédito en Mibanco y no encontrarse dentro de los giros y bienes no asegurables.Ser propietario de un negocio, cuya actividad o giro no esté excluida de la cobertura del seguro o no este inmerso en las exclusiones de la póliza.

La prima del seguro se calcula en función al monto del préstamo. 

Por ejemplo:

Para un préstamo de S/ 3,000

Con una duración de 12 meses

La prima se calculará: Préstamo x Tasa x Duración

Es decir: S/3,000 x 0.4000% x 12 meses

Por lo cual, la prima del seguro Negocio Protegido será de S/ 144 anual.

Rango del préstamo
Tasa Mensual
De: S/ 0 a S/5,000
0.4000%
De: S/ 5,001 a S/10,000
0.1289 %
De: S/ 10,001 a S/150,0000.0938%


Procedimiento en caso de siniestro:

Ante la ocurrencia del siniestro, el asegurado está en la obligación de comunicar el siniestro por escrito de manera inmediata a Mibanco, quien tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la compañía, dicha comunicación escrita deberá ser efectuada mediante el llenado del formulario de Reporte de Siniestro. Esta comunicación tendrá el mismo efecto que si hubiera sido presentada ante la compañía. En todos los casos se deberán adjuntar los siguientes documentos, en original o copia legalizada, según corresponda: 
1. Denuncia policial. 
2. Declaración detallada de la pérdida.

No obstante a lo anterior, la compañía tendrá siempre el derecho de solicitar cualquier otro antecedente o documento que acredite la preexistencia de los bienes siniestrados que estime necesarios para la evaluación del siniestro correspondiente. 
Desde la fecha en que el asegurado presente todos los documentos al contratante y/o Compañía de Seguros (a satisfacción de la compañía) esta tendrá como máximo 10 días útiles para emitir una comunicación al asegurado.

En caso el asegurado se negara o no cumpliera con la entrega de los documentos solicitados podrá perder el derecho a la cobertura.

Procedimiento de atención de reclamos:
En caso el cliente desee presentar un reclamo, podrá hacerlo en la agencia de Mibanco de su localidad o a través de nuestra banca telefónica (01)319-9999 o a través de la central de información y ventas de Pacífico Seguros al (01) 513-5000 o acercándose las oficinas ubicadas en la Av. Juan de Arona N°830-San Isidro, Lima.

En caso de persistencia del reclamo o queja, el asegurado podrá optar por los mecanismos de solución de controversias que considere adecuado para hacer prevalecer sus derechos. La compañía es la única y exclusiva responsable por el cumplimiento del íntegro de las estipulaciones contenidas en la póliza.
 
Defensoría del asegurado:
El asegurado y el beneficiario tienen derecho a acudir a la Defensoría del Asegurado, entidad que procura resolver las controversias que surjan entre ellos y la compañía, de acuerdo a los términos del Reglamento de la Defensoría del Asegurado. Su oficina está ubicada en la calle Arias Arangüez Nº 146, Urbanización San Antonio, distrito de Miraflores, Lima. Teléfono: 446-9158. Página web: www.defaseg.com.pe