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  Estimado cliente:

Conforme al contrato suscrito con Mibanco, en esta sección le informamos las modificaciones que próximamente entrarán en vigencia respecto a los productos o servicios que mantiene con nosotros (tasas, comisiones, gastos y otras).
Esta información se encuentra a su disposición también en las vitrinas de nuestras agencias a nivel nacional.

 
     
 
Estimado(a) cliente:
 
Es grato dirigirnos a usted para comunicarle las modificaciones al tarifario de Tarjeta de Crédito de Mibanco, de acuerdo con lo dispuesto por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS).
 
Respecto a los cobros por incumplimiento de pago de su Tarjeta de Crédito, se realizarán los siguientes cambios con la finalidad de simplificar el pago de su deuda:
 
1. A partir de enero de 2013 se eliminarán las comisiones por gestión de cobranza de S/.15.00 y S/.30.00, que actualmente se aplican en caso de mora en el pago de su tarjeta de crédito conforme el contrato y tarifario vigente.
2. En febrero de 2013 entrará en vigencia el cobro de S/.25.00 como penalidad única por incumplimiento del pago mínimo establecido en su estado de cuenta. La penalidad será cobrada a partir del día siguiente del vencimiento de la deuda y por cada facturación.
 
A partir de la entrada en vigencia de la penalidad indicada se dejarán de cobrar los intereses moratorios pactados para su Tarjeta de Crédito.
 
En tal sentido, lo invitamos a cancelar puntualmente su estado de cuenta para evitar el cobro de penalidades en la siguiente facturación.
 
Asimismo, le comunicamos que a partir de febrero 2013 entrará en vigencia la comisión mensual por envío de estado de cuenta de S/. 10.00, cuando se haga a través de medios físicos.
 
Fecha de Publicación: 18 de enero de 2013.
 
 
     
 
Estimado(a) cliente:
 
Es grato dirigirnos a usted para comunicarle las modificaciones a los tarifarios de Cuentas de Ahorros, Cuentas Full Ahorro y Cuentas Negocio que entrarán en vigencia a partir del 04 de marzo de 2013.
 
1. Comisión mensual de Mantenimiento de Cuentas de Ahorros y Cuentas Full Ahorro:
 
Moneda Nacional Moneda Extranjera Oportunidad de cobro
S/.5.00 US$1.60 [S/.4.80]* Se cobrará esta comisión a las cuentas con saldo promedio mensual menor o igual a S/.300 o US$100. La cuenta de ahorros de Grupos Solidario Ampliado (GSA) está exonerada de esta comisión.
*Tarifas equivalentes en moneda nacional referenciales de acuerdo al tipo de cambio S/.3.00, el cual esta sujeto a variación de acuerdo al día en que se realice la operación.
 
2. Nuevas tasas de interés para Cuentas Negocio
 
Moneda Nacional1 Moneda Extranjera1 Tasa de Rendimiento Efectiva Anual - TREA
0.15% 0.10% La TREA de una cuenta Negocio de S/.1,000.00 a 360 días es 0.15%
1 TEA - Tasa Efectiva Anual. Se remuneran todas las cuentas con saldo promedio mensual mayor a S/.300.00 o US$100.00. TEA aplicable sobre los saldos diarios de la cuenta.
 
3. Nuevas tasas de interés para Cuentas Full Ahorro:
 
Moneda Nacional Moneda Extranjera   Tasa de Rendimiento Efectiva Anual - TREA
Saldo promedio mensual de la cuenta TEA1 Saldo promedio mensual de la cuenta TEA1
Menor a S/.3,000 0.15% Menor a US$ 1,000 0.10% La TREA de una cuenta Full Ahorros de S/.1,000.00 a 360 días es 0.15%.
Mayor/igual a S/.3,000 y menor a S/.40,000 2.50% Mayor o igual a US$1,000 y menor a US$15,000 1.00%
Mayor o igual a S/.40,000 3.00% Mayor o igual a US$15,000 1.50%
1 Tasa Efectiva Anual (TEA). TEA aplicable sobre los saldos diarios de la cuenta en función del saldo promedio mensual..
 
Fecha de Publicación: 18 de enero de 2013.
 
 
     
 
Estimado(a) cliente:
 
Es grato dirigirnos a usted para comunicarle las modificaciones al tarifario de Líneas de Crédito, de acuerdo con lo dispuesto por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs.
 
1. A partir del 01 de enero de 2013 se eliminarán las comisiones por gestión de cobranza que actualmente se aplican en caso de mora en el pago de su línea de crédito conforme el contrato y tarifario vigente.
2. A partir del 04 de marzo de 2013 se eliminará el cobro de la tasa de interés moratoria de su línea de crédito; y entrará en vigencia el cobro de penalidades por incumplimiento. Las penalidades serán cobradas de acuerdo al número de días de mora conforme se indica a continuación:
 
Días de Mora Créditos Moneda Nacional Créditos Moneda Extranjera
Penalidad Acumulado Penalidad Acumulado
Al día 02 S/. 5.00 S/. 5.00 $. 1.50 [S/. 4.50]* $. 1.50 [S/. 4.50]*
Al día 04 S/. 20.00 S/. 25.00 $. 7.00 [S/. 21.00]* $. 8.50 [S/. 25.50]*
Al día 08 S/. 30.00 S/. 55.00 $ 10.00 [S/.30.00]* $ 18.50 [S/.55.50]*
Al día 30 S/. 35.00 S/. 90.00 $. 12.00 [S/. 36.00]* $. 30.50 [S/. 91.50]*
Al día 60 S/. 40.00 S/. 130.00 $. 14.00 [S/. 42.00]* $. 44.50 [S/. 133.50]*
Al día 90 S/. 50.00 S/. 180.00 $. 16.00 [S/. 48.00]* $. 60.50 [S/. 181.50]*
* Tarifas equivalentes en moneda nacional referenciales de acuerdo al tipo de cambio S/. 3.00, el cual está sujeto a variación de acuerdo al día en que se realice la operación.
 
En tal sentido, lo invitamos a cancelar puntualmente su estado de cuenta para evitar el cobro de penalidades en la siguiente facturación.
 
3. Asimismo, le comunicamos que a partir del 04 de marzo de 2013 entrará en vigencia la comisión mensual por envío de estado de cuenta de S/. 10.00 o US$ 4.00, cuando el envío se haga a través de medios físicos.
 
Fecha de Publicación: 18 de enero de 2013.
 
 
     
 
Estimado(a) cliente:
 
Es grato dirigirnos a usted para comunicarle las modificaciones al tarifario de los siguientes productos, de acuerdo con lo dispuesto por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS):
 
Créditos Capital de Trabajo, Miequipo (Bienes Muebles), Milocal (Bienes Inmuebles), Rapiefectivo, Mifacilidad, Micasa, Crédito Rural, Leasing, Habilitación Urbana, Mihipoteca, Mivivenda y Proyectos Especiales.  
 
1. A partir del 01 de enero de 2013 se eliminarán las comisiones por gestión de cobranza que actualmente se aplican en caso de mora en el pago de su crédito conforme el contrato y tarifario vigente.
2. A partir del 04 de marzo de 2013 se eliminará el cobro de la tasa de interés moratoria de su crédito; y entrará en vigencia el cobro de penalidades por incumplimiento. Las penalidades serán cobradas de acuerdo al número de días de mora conforme se indica a continuación:
 
Días de Mora Créditos Moneda Nacional
Monto menor a S/.5,000 Monto mayor a S/.5,000
Penalidad Acumulado Penalidad Acumulado
Al día 02 S/. 3.00 S/. 3.00 S/. 10.00 S/. 10.00
Al día 04 S/. 5.00 S/. 8.00 S/. 20.00 S/. 30.00
Al día 08 S/. 10.00 S/. 18.00 S/. 30.00 S/. 60.00
Al día 30 S/. 15.00 S/. 33.00 S/. 35.00 S/. 95.00
Al día 60 S/. 20.00 S/. 53.00 S/. 40.00 S/. 135.00
Al día 90 S/. 30.00 S/. 83.00 S/. 50.00 S/. 185.00
 
Días de Mora Créditos Moneda Extranjera
Monto menor a US$1,700 Monto mayor a US$1,700
Penalidad Acumulado Penalidad Acumulado
Al día 02 $. 1.00 [S/. 3.00]* $. 1.00 [S/. 3.00]* $. 3.00 [S/. 9.00]*  $. 3.00 [S/. 9.00]*
Al día 04 $. 2.00 [S/. 6.00]* $. 3.00 [S/. 9.00]* $. 7.00 [S/. 21.00]* $. 10.0 [S/.30.00]*
Al día 08 $ 3.00 [S/.9.00]* $ 6.00 [S/.18.00]* $ 10.00 [S/.30.00]* $ 20.00 [S/.60.00]*
Al día 30 $. 5.00 [S/. 15.00]* $. 11.00 [S/. 33.00]* $. 12.00 [S/. 36.00]* $. 32.00 [S/. 96.00]*
Al día 60 $. 6.00 [S/. 18.00]* $. 17.00 [S/. 51.00]* $. 14.00 [S/. 42.00]* $. 46.00 [S/. 138.00]*
Al día 90 $. 10.00 [S/. 30.00]* $. 27.00 [S/. 81.00]* $. 16.00 [S/. 48.00]* $. 62.00 [S/. 186.00]*
 
En tal sentido, lo invitamos a cancelar puntualmente sus cuotas para evitar el cobro de penalidades.
 
Fecha de Publicación: 18 de enero de 2013.
 
 
     
 
Estimado(a) cliente:
 
Hacemos de su conocimiento que a partir del 19 de enero de 2013 entrarán en vigencia las siguientes modificaciones al Tarifario de Mibanco :
 
Tasas de Interés de Depósitos a Plazo Fijo - Personas Naturales - Moneda Nacional
 
Plazos Hasta S/.25,000 Plazos Más de S/. 50,000
De 15 a 30 días 1.80% 1.95% 2.10%
De 31 a 60 días 2.00% 2.15% 2.30%
De 61 a 90 días 2.40% 2.55% 2.70%
De 91 a 120 días 2.85% 3.00% 3.15%
De 121 a 180 días 3.30% 3.45% 3.60%
De 181 a 270 días 3.80% 3.95% 4.10%
De 271 a 360 días 4.25% 4.40% 4.55%
De 361 a 540 días 4.60% 4.75% 4.90%
De 541 a 720 días 5.00% 5.15% 5.30%
De 721 a 900 días 5.35% 5.50% 5.65%
De 901 a 1080 días 5.70% 5.85% 6.00%
Más de 1080 días 5.90% 6.05% 6.20%
 
Fecha de Publicación: 16 de enero de 2013.
 
 
     
 
Estimado cliente:
 
A partir del 01 de enero de 2013 entrarán en vigencia las siguientes modificaciones al Tarifario de Mibanco, de acuerdo con lo dispuesto por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones.
 
1. Se eliminan las siguientes comisiones de Tarjetas de Crédito:
 
a) Gestión de cobranza y cobranza mora temprana.
b) Por disposición de efectivo.
c) Por exceso de línea (sobregiro).
d) Por servicio de tarjeta (mantenimiento).
 
2. Se eliminan las siguientes comisiones de Líneas de Crédito:
 
a) Gestión de cobranza.
b) Administración de Líneas.
 
3. Se eliminan las comisiones de gestión de cobranza de créditos con cronograma de pagos y Leasing.
   
4. Se elimina el cobro de la comisión por refinanciamiento de créditos.
   
5. Se eliminan las siguientes comisiones de operaciones pasivas:
 
a) Mantenimiento de tarjeta de débito de cuentas de ahorros estándar y full ahorro.
b) Renovación de tarjeta de débito de cuenta disponible.
 
IMPORTANTE: Las comisiones de cobranza de Tarjetas de Crédito y Líneas de Crédito serán exigibles siempre que hayan sido generadas con anterioridad y hasta la facturación del 28/12/2012.
 
Fecha de Publicación: 27 de diciembre de 2012.
 
 
     
 
Estimado cliente:
 
A partir del 25 de octubre de 2012 entrará en vigencia la versión N° 008 del Contrato de Servicios Bancarios.
 
Se ha modificado la cláusula 35 del contrato, incluyéndose un párrafo sobre la comunicación del cierre de cuentas corrientes :
 
35. MIBANCO rechazará el pago de los cheques girados sin fondo disponibles en la cuenta corriente y cerrará las cuentas, en los casos previstos en el artículo 183 de la Ley de Títulos Valores, en el Reglamento de Cuentas Corrientes - Resolución SBS 089-98, en el artículo 228 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de Banca, Seguros y AFP y otras leyes que resulten aplicables.

Efectuado el cierre de la cuenta por la causal antes señalada, MIBANCO remitirá una comunicación a EL CLIENTE a través de los mecanismos señalados en el numeral 65, dentro de los siete (7) días posteriores al cierre de la cuenta.

 
Los clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en el contrato suscrito (Artículo 20° de la Resolución SBS N° 1765-2005)
 
Fecha de Publicación: 10 de setiembre de 2012
 
 
     
 
 
Hacemos de su conocimiento que a partir del 27 de Junio de 2012 entrará en vigencia la siguiente modificación al Tarifario del Banco:
 
Tasas de Ahorros para la cuenta Negocios en Soles y Dólares para Personas Naturales.
 
MONEDA NACIONAL
Tasas
MONEDA EXTRANJERA
Tasas
Rango de Saldo diario TEA** Rango de Saldo diario TEA**
Persona Natural
 >= S/.300
0.40% Persona Natural
 >= US$.100
0.20%
 
Los clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en el contrato suscrito (Artículo 20° Reglamento de Transparencia).
 
 
     
 
 
Hacemos de su conocimiento que a partir del 10 de junio de 2012 entrará en vigencia la nueva versión del Contrato de Servicios Bancarios que regula las condiciones pactadas para los depósitos y canales de atención que Mibanco ofrece, y cuyo detalle puede consultar en nuestra red de agencias o en la página web (información de productos).
 
Las principales modificaciones se refieren a:
Causales para la resolución del contrato.
Causales para la modificación de las condiciones del contrato.
 
Los clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en el contrato suscrito (Artículo 20° del Reglamento de Transparencia de Información, aprobado por Resolución SBS N° 1765-2005)
 
 
     
 
 
Hacemos de su conocimiento que a partir del 23 de mayo de 2012 entrará en vigencia las nuevas tasas de la Cuenta Ahorros:
 
MONEDA NACIONAL MONEDA EXTRANJERA
Tasas Tasas
Rango de Saldo diario TEA** Rango de Saldo diario TEA**
Persona Natural
S/.200 - S/.5,000
S/.5,001 - S/.15,000
S/.15,001 - S/.50,000
S/.50,001 - S/.100,000
>S/.100,000
Persona Jurídica
S/.200 - S/.5,000
S/.10,001 - S/.50,000
S/.50,001 - S/.100,000
>S/.100,000

0.25%
0.45%
0.60%
0.75%
1.25%

0.20%
0.45%
0.60%
1.10%
Persona Natural
$70 - $2,000
$2,001 - $5,000
$5,001 - $10,000
$10,001 - $30,000
>$30,000
Persona Jurídica
$70 - $5,000
$5,001 - $20,000
$20,001 - $50,000
>$50,000

0.20%
0.40%
0.45%
0.65%
0.95%

0.20%
0.35%
0.50%
0.70%
 
Los clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en el contrato suscrito (Artículo 20° del Reglamento de Transparencia de Información, aprobado por Resolución SBS N° 1765-2005)
 
 
     
 
 
Hacemos de su conocimiento que a partir del 23 de Febrero del 2012 entrará en vigencia la siguiente modificación al Tarifario del Banco:
 
TASAS DE DPF EN SOLES PARA PERSONAS NATURALES
PLAZOS MONEDA NACIONAL
Tasas (TEA)
Persona Natural Hasta
S/.25,000
De S/.25,001
a S/. 50,000
Más de
S/.50,000
De 15 a 30 días 1.80% 1.95% 2.10%
De 31 a 60 días 2.00% 2.15% 2.30%
De 61 a 90 días 2.40% 2.55% 2.70%
De 91 a 120 días 2.85% 3.00% 3.15%
De 121 a 180 días 3.30% 3.45% 3.60%
De 181 a 270 días 3.80% 3.95% 4.10%
De 271 a 360 días 4.60% 4.75% 4.90%
De 361 a 540 días 4.95% 5.10% 5.25%
De 541 a 720 días 5.35% 5.50% 5.65%
De 721 a 900 días 5.70% 5.85% 6.00%
De 901 a 1080 días 6.05% 6.20% 6.35%
> 1080 días 6.30% 6.45% 6.60%
 
TASAS DE DPF EN DOLARES PARA PERSONAS JURIDICAS
Plazos MONEDA EXTRANJERA
Tasas (TEA)
Persona Jurídica Todos los montos
De 15 a 30 días 0.30%
De 31 a 60 días 0.50%
De 61 a 90 días 0.75%
De 91 a 120 días 1.00%
De 121 a 180 días 1.10%
De 181 a 270 días 1.25%
De 271 a 360 días 1.40%
> 360 días 1.60%
 
Los clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en el contrato suscrito (Artículo 20° Reglamento de Transparencia).
 
 
     
 

NUEVA COBERTURA DE INCAPACIDAD TEMPORAL DEL SEGURO DE DESGRAVAMEN

 
A partir del 29 de noviembre las líneas de crédito cuota fija con fecha de facturación los días 28 de cada mes, y desde el 15 de diciembre para el caso de aquellas con fecha de facturación los días 14 de cada mes, contarán con la nueva Cobertura de Incapacidad Temporal en su Seguro de Desgravamen, ofrecido por Protecta Compañía de Seguros. Este cambio aplicará para los clientes de líneas de crédito cuota fija que tengan como giro de negocio alguno de los señalados a continuación:
 
Actividad de fotografía y filmación, Alquiler de inmuebles, Alquiler de vehículos, Alquiler máquinas y herramientas, Apicultura, Casa de cambio, Combustibles, Crianza y venta de animales, Cultivos en general, Estibador, Gas, Maricultura, Mototaxis, Pesca, Playa de Estacionamiento y cochera, Producción de cochinilla, Producción de leche, Servicios profesionales, Servicios para el agro, Servicios de seguridad y vigilancia, Servicios técnicos, Transporte de carga, Transporte escolar, Transporte particular - taxi, Transporte público, Transportes, Venta de agua potable, Venta de forraje y alfalfa, Venta de mascotas y aves ornamentales, Venta de oxígeno industrial y medicinal, Venta de vehículos, Piscigranja, Lubricantes y Venta de Cochinilla.
 
El detalle de la cobertura, sumas aseguradas, primas, exclusiones y demás condiciones constan en el Certificado de Seguro y Resumen Informativo que será remitido al domicilio de cada cliente conjuntamente con su Estado de Cuenta.
 
Asimismo, en la misma fecha quedará sin efecto el cobro del Seguro Multiriesgo para los clientes de Línea de Crédito Cuota Fija cuyo giro de negocio sea alguno de los señalados anteriormente.
 
El cliente puede dar por concluida la relación contractual con el Banco conforme a los términos del contrato suscrito, de conformidad con el Artículo 20º del Reglamento de Transparencia de información y contratación con usuarios del sistema financiero aprobado por Resolución SBS Nº 1765-2005 y modificatorias.