Conforme al contrato suscrito con Mibanco, en esta sección le informamos las modificaciones que próximamente entrarán en vigencia respecto a los productos o servicios que mantiene con nosotros (tasas, comisiones, gastos y otras). Esta información se encuentra a su disposición también en las vitrinas de nuestras agencias a nivel nacional.
Efectuado el cierre de la cuenta por la causal antes señalada, MIBANCO remitirá una comunicación a EL CLIENTE a través de los mecanismos señalados en el numeral 65, dentro de los siete (7) días posteriores al cierre de la cuenta.
NUEVA COBERTURA DE INCAPACIDAD TEMPORAL DEL SEGURO DE DESGRAVAMEN